RETO DEL MÓDULO 1: DISCRIMINACIÓN LABORAL

 1.                  Introduce el contexto en el que se produce, como el lugar, la época, etc., e identifica y explica a qué colectivo afecta esta discriminación.

En febrero de 2023, se presentó una denuncia ante la Inspección de Trabajo de Cádiz contra una empresa municipal en Sanlúcar de Barrameda por presunta discriminación de género hacia sus trabajadoras, quienes representan aproximadamente el 90% de la fuerza laboral. Estas trabajadoras, todas clasificadas como limpiadoras, reciben menos complementos salariales que sus colegas masculinos que desempeñan otras funciones. Además, a pesar de ser las empleadas más antiguas, ninguna ha sido promovida a puestos de mayor categoría. La dirección de la empresa niega cualquier forma de discriminación.

La Inspección Provincial de Trabajo se hizo cargo del caso debido a la presunta violación del principio de igualdad de género en la empresa pública municipal Elicodesa, dedicada a la limpieza de centros escolares y dependencias municipales. Cerca del 90% de los aproximadamente cien empleados son mujeres, todas ellas limpiadoras, mientras que el resto son hombres que ocupan puestos de oficiales de segunda y primera en diversas áreas. Las limpiadoras solo reciben el complemento de transporte y asistencia, los más bajos, mientras que el resto de la plantilla recibe complementos adicionales según sus responsabilidades y condiciones de trabajo.

Como resultado, las mujeres se encuentran en el grupo salarial más bajo, mientras que los hombres están en grupos superiores. Además, se ha señalado que muchas de las trabajadoras, especialmente las asignadas a los centros escolares, han sido contratadas como fijas discontinuas durante años, con contratos de septiembre a junio. También se ha observado que todas las limpiadoras han tenido una jornada laboral reducida a seis horas y media, lo que afecta a sus salarios y contribuciones a la seguridad social. Aunque esto cambió en agosto pasado, cuando la empresa comenzó a cotizar a las limpiadoras como si trabajaran jornada completa, el sindicato señala que el resto de la plantilla no ha experimentado cambios en sus salarios a pesar de la reducción de horario para todo el personal.

2.                Analiza de qué tipo de discriminación se trata en base a la tipología vista en el módulo 1 y explica tu respuesta

Según la tipología del módulo 1 se trataría de una discriminación indirecta, que “Se produce cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras. Es más sutil y difícil de detectar, pues bajo esa apariencia formalmente neutra se esconden consecuencias desfavorables para las personas discriminadas. Puede incluso darse de forma “involuntaria”, pero el efecto es el mismo: al no intervenir expresamente sobre las desigualdades de partida, contribuye a reproducirlas. Esta forma de discriminación está presente en todos los ámbitos de la vida, incluido el laboral, y en todos los entornos laborales, incluida la Administración Pública.”

En el caso de la empresa de la noticia, aunque evidentemente no hay ninguna normativa en la que quede reflejado que las mujeres deban pertenecer a categorías más bajas ni cobrar menos, en la práctica, tal y como hemos visto, es así.

 

3.                  Menciona alguna estrategia que crees que se podría seguir para acabar con este tipo de discriminaciones que has analizado.

Denuncias: Los casos de discriminación laboral han sido objeto de numerosas sentencias en los tribunales españoles a raíz del fallo del Tribunal Constitucional que en 1991 dio la razón a las limpiadoras del hospital Gregorio Marañón de Madrid, dependiente de la Consejería de Sanidad de esa comunidad autónoma. Las trabajadoras habían denunciado que cobraban menos que sus compañeros varones, pese a que hacían las mismas labores que ellas, porque en el convenio ellos tenían la categoría de peones, con un salario superior. El Tribunal de Garantías les reconoció el derecho a no ser discriminadas en su salario por razón de sexo y eso supuso un aldabonazo en la lucha judicial contra la desigualdad en el trabajo.

Después de ese fallo se han sucedido resoluciones judiciales en las que se ha dirimido algún tipo de discriminación laboral contra las mujeres, como la del Tribunal Supremo que, en 2018, ratificó la condena del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a una cadena de hoteles de Tenerife que reprobaba una brecha salarial flagrante: la empresa pagaba un plus de productividad de 139 euros a las camareras de piso, todas mujeres, y otro de 640 euros a los camareros de sala, mayoritariamente hombres, a pesar de que unas y otros pertenecían a la misma categoría laboral de su convenio.

Movilizaciones del personal: sigue siendo una herramienta eficaz, aunque también hay que tener en cuenta que llos puestos de representación sindical suelan estar también masculinizados lo que puede dificultar que se asuman estas reinvidicaciones.

 

4.                  Incluye las referencias bibliográficas, de internet o de otro tipo que hayas utilizado para realizar tu trabajo. 

Techo de cristal, suelo pegajoso: el 90% de empleados de una empresa son mujeres en la categoría más baja y con peores pluses. (3 de febrero de 2023). Público. Obtenido de https://www.publico.es/mujer/techo-cristal-suelo-pegajoso-90-empleados-empresa-son-mujeres-categoria-baja-peores-pluses.html

 

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