RETO DEL MÓDULO 1: DISCRIMINACIÓN LABORAL
1. Introduce el contexto en el que se produce, como el lugar, la época, etc., e identifica y explica a qué colectivo afecta esta discriminación.
En febrero de 2023, se presentó una denuncia ante la
Inspección de Trabajo de Cádiz contra una empresa municipal en Sanlúcar de
Barrameda por presunta discriminación de género hacia sus trabajadoras, quienes
representan aproximadamente el 90% de la fuerza laboral. Estas trabajadoras,
todas clasificadas como limpiadoras, reciben menos complementos salariales que
sus colegas masculinos que desempeñan otras funciones. Además, a pesar de ser
las empleadas más antiguas, ninguna ha sido promovida a puestos de mayor
categoría. La dirección de la empresa niega cualquier forma de discriminación.
La Inspección Provincial de Trabajo se hizo cargo del caso
debido a la presunta violación del principio de igualdad de género en la
empresa pública municipal Elicodesa, dedicada a la limpieza de centros
escolares y dependencias municipales. Cerca del 90% de los aproximadamente cien
empleados son mujeres, todas ellas limpiadoras, mientras que el resto son
hombres que ocupan puestos de oficiales de segunda y primera en diversas áreas.
Las limpiadoras solo reciben el complemento de transporte y asistencia, los más
bajos, mientras que el resto de la plantilla recibe complementos adicionales
según sus responsabilidades y condiciones de trabajo.
Como resultado, las mujeres se encuentran en el grupo
salarial más bajo, mientras que los hombres están en grupos superiores. Además,
se ha señalado que muchas de las trabajadoras, especialmente las asignadas a
los centros escolares, han sido contratadas como fijas discontinuas durante
años, con contratos de septiembre a junio. También se ha observado que todas
las limpiadoras han tenido una jornada laboral reducida a seis horas y media,
lo que afecta a sus salarios y contribuciones a la seguridad social. Aunque
esto cambió en agosto pasado, cuando la empresa comenzó a cotizar a las
limpiadoras como si trabajaran jornada completa, el sindicato señala que el
resto de la plantilla no ha experimentado cambios en sus salarios a pesar de la
reducción de horario para todo el personal.
2. Analiza
de qué tipo de discriminación se trata en base a la tipología vista en el
módulo 1 y explica tu respuesta
Según la tipología del módulo 1 se trataría de una
discriminación indirecta, que “Se produce
cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o
puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto
a otras. Es más sutil y difícil de detectar, pues bajo esa apariencia
formalmente neutra se esconden consecuencias desfavorables para las personas
discriminadas. Puede incluso darse de forma “involuntaria”, pero el efecto es
el mismo: al no intervenir expresamente sobre las desigualdades de partida,
contribuye a reproducirlas. Esta forma de discriminación está presente en todos
los ámbitos de la vida, incluido el laboral, y en todos los entornos laborales,
incluida la Administración Pública.”
En el caso de la empresa de la noticia, aunque evidentemente
no hay ninguna normativa en la que quede reflejado que las mujeres deban
pertenecer a categorías más bajas ni cobrar menos, en la práctica, tal y como
hemos visto, es así.
3.
Menciona
alguna estrategia que crees que se podría seguir para acabar con este tipo de
discriminaciones que has analizado.
Denuncias: Los
casos de discriminación laboral han sido objeto de numerosas sentencias en los
tribunales españoles a raíz del fallo del Tribunal Constitucional que en 1991
dio la razón a las limpiadoras del hospital Gregorio Marañón de Madrid, dependiente
de la Consejería de Sanidad de esa comunidad autónoma. Las trabajadoras habían
denunciado que cobraban menos que sus compañeros varones, pese a que hacían las
mismas labores que ellas, porque en el convenio ellos tenían la categoría de
peones, con un salario superior. El Tribunal de Garantías les reconoció el
derecho a no ser discriminadas en su salario por razón de sexo y eso supuso un
aldabonazo en la lucha judicial contra la desigualdad en el trabajo.
Después de ese fallo se han sucedido resoluciones judiciales
en las que se ha dirimido algún tipo de discriminación laboral contra las
mujeres, como la del Tribunal Supremo que, en 2018, ratificó la condena del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias a una cadena de hoteles de Tenerife
que reprobaba una brecha salarial flagrante: la empresa pagaba un plus de
productividad de 139 euros a las camareras de piso, todas mujeres, y otro de
640 euros a los camareros de sala, mayoritariamente hombres, a pesar de que
unas y otros pertenecían a la misma categoría laboral de su convenio.
Movilizaciones del
personal: sigue siendo una herramienta eficaz, aunque también hay que tener
en cuenta que llos puestos de representación sindical suelan estar también
masculinizados lo que puede dificultar que se asuman estas reinvidicaciones.
4. Incluye las referencias bibliográficas, de internet o de otro tipo que hayas utilizado para realizar tu trabajo.
Techo de
cristal, suelo pegajoso: el 90% de empleados de una empresa son mujeres en la
categoría más baja y con peores pluses. (3 de febrero de 2023). Público.
Obtenido de
https://www.publico.es/mujer/techo-cristal-suelo-pegajoso-90-empleados-empresa-son-mujeres-categoria-baja-peores-pluses.html
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